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David Arevalillo de la Torre

David Arevalillo de la Torre

Socio de A&A Estudio Jurídico

Sentencia Histórica: Reconocimiento de la Nacionalidad Española a sefardíes SIN genealogía

 

En Arevalillo & Asociados, estamos emocionados de compartir una noticia excepcional que subraya nuestra dedicación y capacidad para enfrentar desafíos jurídicos complejos en el ámbito de la nacionalidad española por origen sefardí. El pasado 11 de marzo de 2024, la Sección 14 de la Audiencia Provincial de Madrid dictó una sentencia histórica, desestimando el recurso de apelación de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGSJFP) y dando la razón a nuestro cliente en un caso sin necesidad de presentar genealogía.

 

Detalles del Caso:

 

     Nuestro cliente aportó los siguientes documentos:

 

  • Certificado de origen sefardí de la Federación Judía de Nuevo México.

 

  • Certificado de origen sefardí de la Asociación Israelita de Venezuela (AIV).

 

  • Informe de apellidos de la Unión Sefardí Mundial.

 

Puntos Clave de la Sentencia:

 

     1.-) Validez de Certificados Alternativos: La sentencia reconoce que no es necesario el certificado de la Federación de Comunidades Judías de España (FCJE), siendo válido el certificado de la Asociación Israelita de Venezuela (AIV).

 

     2.-) Aplicación de la Ley: Se establece que las instrucciones y circulares no son de aplicación, siendo la única normativa aplicable la Ley 12/2015.

 

     3.-) Autoridad de Certificación: El legislador ha dispuesto que la decisión recaiga en las autoridades rabínicas o presidentes de asociaciones judías, eliminando la necesidad de aportar genealogía o la documentación utilizada para la expedición de los certificados de origen sefardí. El certificado de la Asociación Israelita de Venezuela (AIV) es considerado idóneo.

 

     4.-) Medios Legales de Prueba: Los informes de apellidos son reconocidos como un medio legal, y exigir una genealogía sobrepasa los términos de la Ley.

 

     5.-) Pruebas Adicionales: El Certificado de origen sefardí de la Federación Judía de Nuevo México es aceptado como prueba dentro del marco del apartado g del artículo 1.2 de la Ley 12/2015.

 

Implicaciones de la Sentencia:

 

   Esta sentencia marca un precedente significativo en la aplicación de la Ley de Nacionalidad Española por Origen Sefardí. Es la primera en España que se gana sin que el solicitante tenga genealogía, lo que abre nuevas oportunidades para aquellos que buscan obtener la nacionalidad española basándose en su herencia sefardí.

 

Nuestro Compromiso:

 

    En Arevalillo & Asociados, nos enorgullece ofrecer un asesoramiento jurídico de alta calidad y personalizado, adaptándonos a las necesidades de cada cliente. Este logro es un testimonio de nuestra experiencia y dedicación en el campo del derecho de nacionalidad por origen sefardí.

 

    Nuestra capacidad para interpretar y aplicar la Ley 12/2015 con precisión y eficacia ha sido clave en este éxito. Entendemos las complejidades del proceso y estamos aquí para guiarle a través de cada paso, asegurando que sus derechos sean reconocidos y protegidos.

 

Contacto:

    Si tiene alguna consulta o necesita asistencia con su solicitud de nacionalidad española, no dude en contactarnos. Estamos aquí para acompañarle en cada paso del proceso. Correo electrónico: info@aajuridico.com

 

   «Esta victoria no solo representa un éxito legal, sino también un reconocimiento de la identidad y herencia de nuestros clientes sefardíes. En Arevalillo & Asociados, continuaremos trabajando con el mismo compromiso y dedicación para asegurar que se haga justicia en cada caso que asumimos.»

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